El
18 de enero vence el plazo para acreditar requisitos
para que una CTA o PCTA quede exceptuada del pago
de aportes parafiscales
INSTRUCCIONES
DEL MINISTERIO DE LA PROTECCIÓN SOCIAL
Mediante
memorando dirigido a los Directores Territoriales,
a los Coordinadores y a los Inspectores del Trabajo,
el Ministerio de la Protección Social impartió
instrucciones acerca de la información que
deben remitir y los requisitos que deben cumplir
las cooperativas y precooperativas de trabajo asociado,
para quedar exceptuadas del pago de aportes con
destino al Sena, al ICBF y a las cajas de compensación,
debido al monto de su facturación durante
el pasado año.
Al
respecto y con fundamento en el concepto emitido
por la Oficina Jurídica de dicho Ministerio,
señala el memorando que para el año
2010 el plazo para acreditar que la facturación
de la respectiva cooperativa no excedió los
cuatrocientos treinta y cinco (435) salarios mínimos
legales mensuales vigentes, vence el 18 de enero.
Para
este fin y de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto
3553 de 2008, se recuerda que para que las cooperativas
y precooperativas sean beneficiarias de la mencionada
excepción, deben remitir una certificación
que cumpla con los siguientes requisitos: