EXEQUIBLES
APORTES PARAFISCALES DE COOPERATIVAS DE TRABAJO
ASOCIADO
Comunicado
de la Corte Constitucional
A
través de un comunicado se conoció
la declaratoria de exequibilidad de los artículos
1 y 2 y de los dos primeros incisos del artículo
5 de la Ley 1233 de 2008, mediante la cual se crearon
las contribuciones especiales a cargo de las cooperativas
y precooperativas de trabajo asociado.
En
criterio de la Corte, la obligación constitucional
de fortalecer un determinado sector, no se traduce
en la imposibilidad de imponerle cargas, regulaciones
o requisitos, y agrega: “Por el contrario,
si esas cargas o requisitos contribuyen a la formalización
del respectivo sector, o su homologación
económica, jurídica y organizativa
con otros sectores comparables de la economía,
al mayor bienestar de quienes en él participan
y a que hagan valer los principios de solidaridad
y dignidad que inspiran la Constitución Política,
tales disposiciones encuentran pleno respaldo constitucional,
como en el caso de las normas demandadas, en las
que se imponen contribuciones especiales a cargo
de las Cooperativas de Trabajo Asociados destinadas
al ICBF, el SENA y las Cajas de Compensación
Familiar, que financian programas de apoyo a los
trabajadores y sus familias de las cuales no debería
estar excluido ningún trabajador”.
Estaremos
atentos a la publicación de la sentencia,
para darles a conocer su contenido posteriormente.
Anexamos
el comunicado
de la Corte y la Ley
1233 de 2008